Según los cálculos realizados por el tributarias Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, quienes viven en la Ciudad de Buenos Aires y pagan el abono con tarjeta de crédito van a tener que pagar distintos valores de acuerdo a sus consumos en moneda extranjera.
Si los consumos en moneda extranjera son inferiores a USD 300 por mes:
Esto implica que se va a tener que pagar un 78,11% de impuestos adicionales al servicio de Netflix:
En tanto, si los consumos en moneda extranjera son de USD 300 o más por mes:
Esto implica que se va a tener que pagar un 103,41% de impuestos adicionales al servicio de Netflix:
Según advirtió Domínguez, parte de los pagos realizados son percepciones que pueden computarse como pago a cuenta del impuesto a las Ganancias, del impuesto sobre los Bienes Personales o solicitarse su devolución, pero por el efecto de la inflación y la demora en poder ser computado o devuelto, gran parte se transforman en un costo.
“De los impuestos y percepciones que se cobran, el único que técnicamente debería cobrarse es el IVA. El IVA debe cobrarse para cumplir con el principio de neutralidad y equipar a quienes prestan servicios de streaming en la Argentina respecto a quienes lo prestan en el exterior. Si no se cobrara, se podrían ver beneficiados quienes prestan el servicio en el exterior respecto a los que lo prestan en el país ya que estos últimos deben cobrar el IVA y los primeros no lo harían”, añadió Domínguez.
“El Impuesto PAIS es un impuesto creado solamente para solucionar un problema económico que es la falta de divisas, siendo que lo que debería hacerse es crear las condiciones económicas para que no haya escasez de las mismas. Las percepciones del impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes Personales son en muchos casos inconstitucionales porque se aplican a personas que no son contribuyentes. Y en el caso de contribuyentes, este tipo de consumos nada tienen que ver con el hecho imponible que gravan estos impuestos”, señaló el especialista.
Por último, Domínguez señaló que el impuesto de sellos es inconstitucional porque los resúmenes de tarjetas de crédito no son instrumentos gravables conforme la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales. “En consecuencia, deberían eliminarse todas las percepciones e impuestos que se cobran sobre los servicios de streaming a excepción del IVA”, resaltó.