El expresidente de la Nación Alberto Fernández fue procesado hoy por violencia de género contra su expareja y exprimera dama Fabiola Yañez.
El juez federal Julián Ercolini procesó al exjefe de Estado por los delitos de lesiones leves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja, reiteradas en dos oportunidades; lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja, y amenazas coactivas.
Además, el exfuncionario recibió un embargo de 10 millones de pesos sobre sus bienes y se el magistrado levantó su prohibición de salida del país.
Por otro lado, el magistrado dejó sin efecto la medida que le prohíbe a Alberto Fernández salir del país, aunque tendrá que informar al Juzgado al menos 72 horas antes de viajar al exterior.
Tras rechazar el planteo de nulidad presentado por la defensa, el juez solicitó que se mantengan las medidas restrictivas, como el cese de actos de perturbación o intimidación del imputado hacia la ex primera dama.
Esto significa que no se puede acercar a menos de 500 metros de Yañez, ya sea que se encuentre en Madrid, donde está viviendo, o en cualquier otro lugar. Tampoco puede llamarla, enviarle mensajes, correos, ni otro tipo de contacto virtual.
“Considero que se han recabado varios elementos que dan cuenta de la existencia del carácter habitual y continuo que habría adquirido la violencia que, en distintas formas, habría ejercido el imputado Fernández sobre la nombrada Yañez”, sostuvo Ercolini en su resolución de 184 páginas, en la que calificó como “determinante” la asimetría de poder entre los dos.
“Como todo supuesto de violencia de género, éste también se encuentra asentado en una relación asimétrica de poder entre Fernández y Yañez. Así el desarrollo personal, profesional, la vida política y pública del imputado se encuentra por demás acreditado y se ve contrastado con el desarrollo que tuvo la víctima, incluso luego de iniciar la relación con el nombrado, se observa un bajo perfil. Así, dicha asimetría habría estado presente desde el inicio de la relación y fue determinante para la configuración de las distintas violencias verificadas”, afirmó el magistrado.
En el fallo, el juez repasó la relación de pareja que ambos tuvieron dese su inicio, la situación médica de Yañez, lo que en la causa se calificó como una “obsesión” de Fernández con su pareja y la denuncia penal los terminó separando. El magistrado analizó los mensajes de WhatsApp entre ambos, las imágenes que Yañez aportó a la causa, la declaración de los testigos y los informes psicológicos a la ex primera dama.
“Las conclusiones de las profesionales psicólogas y psiquiatra, se asientan sobre la base de haberse identificado distintas formas de violencia psicológica -también física y económica, tal como ha quedado acreditado en autos- que, por su carácter continuo y habitual, comprometieron seriamente la salud psíquica de la víctima provocándole un debilitamiento en la salud”, señaló el juez.
Fernández fue indagado en la causa a principio de mes y rechazó las acusaciones. «Si debo decir que si alguien fue agredido en la pareja, ese fui yo. Si alguien debió soportar insultos y malos tratos en la pareja, ese fui yo», se había defendido en esa oportunidad.
El expresidente sostuvo en su presentación que los moretones de Yañez fueron producto de caídas por su adicción al alcohol: “En los momentos de embriaguez, ella se ponía violenta, me atacaba con una fuerza singular. Yo solo atinaba a atajar sus manos para evitar sus golpes. Las barbaridades que decía en ese contexto prefiero no volcarlas en estas páginas tratando de preservarme ante tan nefasto recuerdo”.
El juez Ercolini rechazó ese argumento. “Pretender justificar las lesiones que aquí se le imputan son fruto de episodios de alcoholismo/adicción de la querella, cuando la prueba desarrollada en este apartado da sostén a su participación, no hace más que demostrar la conducta del nombrado quien continúa desvalorizándola como persona”, respondió el magistrado.