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EL GOBIERNO ELIMINÓ VARIOS REQUISITOS PARA LOS COMERCIANTES DE ARMAS Y MUNICIONES

La nueva normativa beneficiará a las fábricas que no superen una producción de más de 1.200 a lo largo de un año.

09/05/2025
en Nacionales
EL GOBIERNO ELIMINÓ VARIOS REQUISITOS PARA LOS COMERCIANTES DE ARMAS Y MUNICIONES
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La nueva normativa beneficiará a las fábricas que no superen una producción de más de 1.200 a lo largo de un año.

El Gobierno nacional desreguló el reglamento que los comerciantes de armas y municiones deben cumplir, por lo que varias condiciones fueron eliminadas para simplificar su ingreso y/o permanencia en el rubro. La medida fue adoptada como parte del plan de reducción de carga administrativa y burocrática para el Estado y sus ciudadanos.

A través de la publicación de la Resolución 49/2025 en el Boletín Oficial, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), Juan Pablo Allan, eliminó varios de los requisitos aplicados a los usuarios comerciales distribuidores mayoristas, usuarios comerciales minoristas, talleres, y fábricas de armas, municiones y repuestos.

De esta manera, resolvieron eliminar la obligatoriedad de contar con la habilitación municipal y/o rehabilitación, y la inscripción y/o reinscripción de instalaciones comerciales e industriales proporcionadas por la ANMaC.

La medida beneficiará a los pequeños comerciantes, entre ellos, los usuarios comerciales distribuidores mayoristas, usuarios comerciales minoristas, talleres de reparación de armas, fábricas de armas y fábricas de armas en forma no continua, es decir, que funcionen bajo modalidad de trabajo artesanal y no superen un máximo de 1.200 unidades producidas por año.

En el artículo 1°, las autoridades incluyeron a las fábricas de materiales de usos especiales, fábricas de repuestos principales de armas, fábricas de municiones, fábricas de componentes de munición y fábricas de elementos de recarga de municiones.

Además, agregaron al listado a los talleres de recarga comercial de municiones, de reparación y armado de materiales de usos especiales -para vehículos blindados-, plantas de destrucción de materiales de usos especiales y depósito de armas y/o municiones.

En línea con esto, el director de la ANMaC extendió el beneficio hacia los usuarios entidades de tiro con instalaciones propias, quienes tampoco precisarán de las habilitaciones municipales e inscripciones del organismo mencionadas previamente.

No obstante, en el 3° artículo aclararon que los tipos de usuarios que serán alcanzados por la desregulación de los requisitos “deberán cumplir con los demás requisitos y condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados conforme lo establece la normativa vigente”.

Asimismo, subrayaron que contar con la inscripción y habilitación de ANMaC no significará que los comerciantes dejarán de cumplir con las normativas instaladas a nivel nacional, provincial y municipal. Sobre todo, aquellas normativas que afectarían al inicio y continuidad de las actividades.

Por otro lado, las autoridades explicaron que esta flexibilización está relacionada con “el desarrollo del plan de desregulación y simplificación del Estado, procediendo a una revisión integral de toda la normativa de la Administración Pública Nacional, con el fin de reducir la carga administrativa y burocrática tanto para el gobierno como para los ciudadanos”.

En este sentido, mencionaron que en todo el país existen dos mil municipios, que cuentan con normas locales propias y requisitos diversos. Por este motivo, consideraron que la pluralidad de reglamentos generaría una carga para los trámites administrativos que deben cumplir los usuarios.

Otras de las medidas adoptadas por la ANMaC se trató de la habilitación que le otorgaron a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para poder reutilizar las armas que hubieran sido decomisadas en operativos contra las armas delictivas.

Mientras que el armamento aún deberá ser entregado y registrado por la agencia, permanecerá en un depósito hasta que el Ministerio de Seguridad decida cuál será su destino, según lo establecido en el DNU autorizado por el presidente Javier Milei.

La medida también introdujo cambios en el procedimiento de decomiso y destrucción de armas, indicando que, tras una sentencia firme, la ANMaC determinará los métodos para su eliminación o su aprovechamiento con fines de interés público.

En todos los casos, los materiales solo podrán ser utilizados por las Fuerzas Policiales o de Seguridad Federales. Según los fundamentos del decreto, la decisión responde a la necesidad de fortalecer la lucha contra el crimen organizado y optimizar el uso de recursos estatales.

Etiquetas: ARMASprimerobahia
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