El Juzgado en lo Correccional Nº 1 resolvió declarar extinguida por prescripción la acción penal en la causa seguida contra Pablo Víctor Cuchán y ordenó su inmediata libertad desde la Unidad Penitenciaria Nº 19 de Saavedra. La decisión fue notificada este 16 de febrero y lleva la firma digital del juez Gabriel Giuliani y de la auxiliar letrada Paula Fernanda Cuadrado.
La causa, que había culminado con una sentencia condenatoria dictada el 14 de febrero de 2024, impuso a Cuchán una pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género (dos hechos), en concurso real, y amenazas. La condena fue confirmada el 17 de julio de 2025 por la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, Sala I.
Contra esa resolución, la defensa interpuso recursos extraordinarios que fueron declarados inadmisibles en diciembre de 2025. Posteriormente presentó un recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que aún se halla pendiente de resolución.
El planteo central de la defensa fue la prescripción de la acción penal, al considerar que la pena máxima prevista para los delitos imputados es de dos años y que, desde la sentencia dictada el 14 de febrero de 2024, transcurrió el plazo máximo legal.
El Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido, al sostener que la sentencia no se encontraba firme y que la actividad recursiva de la defensa no podía generar un beneficio en materia de prescripción. Sin embargo, el juez entendió que debía aplicarse la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Farina”, que estableció que la sentencia de primera instancia es el acto que interrumpe la prescripción, aun cuando no esté firme, y que luego el plazo vuelve a correr.
En consecuencia, el magistrado declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de los delitos imputados, dispuso el sobreseimiento total de Cuchán y ordenó su inmediata libertad.


